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viernes, 8 de febrero de 2013

Sociedad limitada nueva empresa


Este tipo de sociedades presenta diferencias con respecto a la sociedad de responsabilidad limitada.
En primer lugar,  los socios han de ser personas  jurídicas mientras que la sociedad limitada puede ser tanto personas físicas como jurídicas. La sociedad limitada nueva empresa tiene un número limitado de socios ya que en el momento de la constitución el máximo es de cinco.  Al reducirse el número de socios no es necesario la inscripción en el registro de socios.
Este tipo de sociedades gozan de una mayor flexibilidad ya que pueden realizar actividades empresariales distintas  sin tener que acudir a modificaciones estatutarias y además los socios fundadores pueden añadir cualquier actividad singular.
 El procedimiento de constitución puede ser telemático o presencial lo que permite a estas empresas constituirse, en un plazo de 48 horas frente a los 60 días requeridos para otro tipo de empresas. Por ultimo las aportaciones dinerarias serán la única vía de constitución del capital social.

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